Norma 10.ª Uso del uniforme militar fuera de las instalaciones militares.
Norma 10 de la Orden DEF/114/2025, de 28 de enero, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2025-2291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-02-27.
Texto consolidado
1. Los militares podrán vestir los uniformes de gran etiqueta, etiqueta, gala, especial relevancia, diario y trabajo para asistir a actos de carácter oficial o social que tengan lugar fuera de las instalaciones militares.
2. También podrán vestir los uniformes de diario, trabajo y campaña en los desplazamientos entre el domicilio y el lugar de destino, y para realizar otras actividades puntuales u ocasionales, ajenas al servicio, siempre que su uso no entre en colisión con cualquier otra norma prevista en esta orden ministerial sobre limitaciones en el uso de los uniformes.