Norma 1. Ámbito de aplicación (agentes informadores).
Norma 1 de la Circular 2/2022, de 15 de marzo, del Banco de España, sobre normas para el envío al Banco de España de estadísticas de pagos por parte de proveedores de servicios de pago y operadores de sistemas de pago. · BOE-A-2022-4301
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-19.
Texto consolidado
La presente circular será aplicable a los siguientes agentes informadores:
a) los proveedores de servicios de pago, según se definen en el artículo 3, apartado 32, del Real Decreto-ley 19/2018, con establecimiento en España, y
b) los operadores de sistemas de pago, según se definen en el artículo 1, apartado d), del Reglamento (UE) 1409/2013, establecidos en España.
Ambos formarán la población informadora real a los efectos de esta circular.