El Vínculo El Vínculo.
Resolución Vigente

II.3 Registros

II.3 de la Resolución de 31 de mayo de 2001, de la Dirección General de Comercio e Inversiones, por la que se dictan instrucciones para la presentación por los intermediarios financieros de las declaraciones de inversiones extranjeras en valores negociables cotizados en mercados españoles y de inversiones españolas en valores negociables cotizados en mercados extranjeros. · BOE-A-2001-11267

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-01.

Texto consolidado

II.3.1 Tipos de registro:

Se definen dos tipos de registro (diseño S adjunto), con el siguiente contenido:

Registro de tipo 1: registro que contendrá la información acumulada de los campos «número de acciones o participaciones», «importe nominal» e «importe efectivo», por igualdad de sus 23 primeras posiciones.

Registro de tipo 2: registro resumen de control que contendrá el NIF de la entidad declarante y año a que se refiere la declaración, y la totalización del «número de acciones o participaciones», «importe nominal» e «importe efectivo» correspondientes a los registros de tipo 1 que le preceden.

II.3.2 Características de los registros:

Longitud fija: 80 posiciones.

Clasificación: 1) por la posición 80 en orden ascendente, 2) por las 23 primeras posiciones en orden ascendente

Campos definidos como alfanuméricos: alineados a la izquierda y completados, en su caso, con blancos a la derecha.

Campos definidos como numéricos: alineados a la derecha y completados, en su caso, con ceros a la izquierda. En los campos numéricos con decimales la parte entera se alineará a la derecha del subcampo «entera» y la parte decimal se consignará en las dos posiciones correspondientes al subcampo «decimal», cumplimentándose éste con 00 (ceros) cuando no existan decimales.

II.3.3 Descripción de los registros

II.3.3.1 Registro de tipo 1

Campo número 1: CIase de operación (posición 1).

Formato: Numérico de una posición.

Contenido: Siempre 0 (cero).

Campo número 2: Código préstamo (posición 2).

Formato: Alfanumérico de una posición.

Contenido: «P» cuando se trate de un depósito en préstamo. Blanco en el resto de los casos.

Campo número 3: Código ISIN (posiciones 3 a 14).

Formato: Alfanumérico de doce posiciones.

Contenido: Se consignará el código ISIN del valor. En los casos en que no exista o esté pendiente de asignar, se consignará el NIF de la entidad emisora.

Campo número 4: Clase de valor (posiciones 15 a 16).

Formato: Numérico de dos posiciones.

Contenido: El código que corresponde a la clase de valor, según tabla C.3.

Campo número 5: Clase de inversor (posiciones 17 a 18).

Formato: Numérico de dos posiciones.

Contenido: El código que corresponde a la clase de inversor, según tabla C.4.

Campo número 6: País de residencia (posiciones 19 a 20).

Formato: Alfanumérico de dos posiciones.

Contenido: El código del país de residencia del titular del depósito, según tabla C.5.

Campo número 7: Moneda (posiciones 21 a 23).

Formato: Alfanumérico de tres posiciones.

Contenido: El código de la moneda en que se expresan los importes nominal y efectivo, según tabla C.6.

Campo número 8: Número de acciones o participaciones (posiciones 24 a 35).

Formato: Numérico de doce posiciones dos de ellas decimales.

Contenido: En acciones (clase de valor 01 y 02 de la tabla C3) se consignará el número de títulos. En fondos de inversión (clase de valor 03 de la tabla C3) se consignará el número de participaciones. En los demás valores rellenar con ceros.

Campo número 9: Importe nominal (posiciones 36 a 48).

Formato: Numérico de trece posiciones dos de ellas decimales.

Contenido: Importe nominal total del conjunto de valores a que se refiere el registro, expresado en la moneda cuyo código aparezca en el campo número 7.

En los valores denominados en euros o en pesetas y que coticen en euros en el mercado español, el nominal se expresará en euros, cuyo código de moneda (EUR) deberá figurar en el campo número 7.

En los valores denominados en una moneda distinta del euro o de la peseta, si cotizan en esa moneda en el mercado español, el nominal se expresará en dicha moneda, cuyo código aparecerá en el campo número 7.

Este campo se cumplimentará con ceros en el caso de derechos de suscripción de acciones, de participaciones en fondos de inversión, y de valores emitidos en moneda distinta del euro o de la peseta y cotizados en euros en el mercado español.

Campo número 10: Importe efectivo (posiciones 49 a 61).

Formato: Numérico de trece posiciones das de ellas decimales.

Contenido: Importe efectivo total del conjunto de valores a que se refiere el registro, expresado en la moneda cuyo código aparecerá en el campo número 7.

En valores denominados en una moneda distinta del euro o de la peseta, si cotizan en euros en el mercado español, el efectivo se expresará en euros, cuyo código de moneda (EUR) es el que debe figurar en el campo número 7.

En los valores denominados en una moneda distinta del euro o de la peseta, si cotizan en esa moneda en el mercado español, el efectivo se expresará en dicha moneda, cuyo código aparecerá en el campo número 7.

El importe efectivo se calculará según la última cotización del año a que se refiere la declaración. Cuando el valor no haya cotizado a lo largo del año se aplicará la última cotización habida con anterioridad. En el caso de acciones nuevas procedentes de ampliación de capital y aún no admitidas a cotización, se tomará como valor el de las antiguas de iguales características, y en el caso de otros títulos aún no admitidos a cotización, distinto de las acciones nuevas, se tomará el precio de emisión.

Campo número 11: Filler (posiciones 62 a 64).

Formato: Alfanumérico de tres posiciones.

Contenido: Relleno a blancos.

Campo número 12: NIF de la entidad declarante (posiciones 65 a 73).

Formato: Alfanumérico de nueve posiciones.

Contenido: NIF de la entidad declarante que efectúa la comunicación.

Campo número 13: Año (posiciones 74 a 77).

Formato: Numérico de cuatro posiciones.

Contenido: Los cuatro dígitos del año al que corresponde la información.

Campo número 14: Filler (posiciones 78 a 79).

Formato: Alfanumérico de dos posiciones.

Contenido: Relleno a blancos.

Campo número 15: Tipo de registro (posición 80).

Formato: Numérico de una posición.

Contenido: Siempre 1.

II.3.3.2 Registro de tipo 2

Campo número 1: Clase de operación (posición 1).

Formato: Numérico de una posición.

Contenido: 9.

Campo número 2: Código préstamo (posición 2).

Formato: Alfanumérico de una posición.

Contenido: Relleno a blanco.

Campo número 3: Código ISIN (posiciones 3 a 14).

Formato: Alfanumérico de doce posiciones.

Contenido: Relleno a blancos.

Campo número 4: Clase de valor (posiciones 15 a 16).

Formato: Numérico de dos posiciones.

Contenido: 99.

Campo número 5: Clase de inversor (posiciones 17 a 18).

Formato: Numérico de dos posiciones.

Contenido: 99.

Campo número 6: País de residencia (posiciones 19 a 20).

Formato: Alfanumérico de dos posiciones.

Contenido: ZZ.

Campo número 7: Moneda (posiciones 21 a 23).

Formato: Alfanumérico de tres posiciones.

Contenido: ZZZ.

Campo número 8: Número de acciones o participaciones (posiciones 24 a 35).

Formato: Numérico de doce posiciones dos de ellas decimales.

Contenido: Consignar la suma del mismo campo de todos los registros de tipo 1 que le preceden.

Campo número 9: Importe nominal (posiciones 36 a 48).

Formato: Numérico de trece posiciones dos de ellas decimales.

Contenido: Consignar la suma del mismo campo de todos los registros de tipo 1 que le preceden.

Campo número 10: Importe efectivo (posiciones 49 a 61).

Formato: Numérico de trece posiciones dos de ellas decimales.

Contenido: Consignarla suma del mismo campo de todos los registros de tipo 1 que le preceden.

Campo número 11: Filler (posiciones 62 a 64).

Formato: Alfanumérico de tres posiciones.

Contenido: Relleno a blancos.

Campo número 12: NIF entidad declarante (posiciones 65 a 73).

Formato: Alfanumérico de nueve posiciones.

Contenido: NIF de la entidad declarante que efectúa la comunicación.

Campo número 13: Año (posiciones 74 a 77).

Formato: Numérico de cuatro posiciones.

Contenido: Los cuatro dígitos del año al que corresponde la información.

Campo número 14: Filler (posiciones 78 a 79).

Formato: Alfanumérico de dos posiciones.

Contenido: Relleno a blancos.

Campo número 15: Tipo de registro (posición 80).

Formato: Numérico de una posición.

Contenido: Siempre 2.

TABLA C.1

Clase de operación

1. Altas por cambio de residencia (cuando un residente en España adquiera la condición de no residente).

2. Compras.

Comprenden tanto las que se efectúan en el mercado secundario como aquellas que se realizan mediante suscripción.

3. Bajas por cambio de residencia (cuando un no residente adquiera la condición de residente en España).

4. Ventas.

Comprenden además de las operaciones propiamente dichas, las amortizaciones o reembolsos.

5. Altas por traspaso de títulos de una entidad depositaria no residente a otra residente.

6. Bajas por traspaso de títulos de una entidad depositaria residente a otra no residente.

7. Altas por transmisiones por título distinto del de compraventa, incluidas las lucrativas «inter vivos» o «moros causa», y compras de no residentes con medios de aportación no dinerarios.

8. Bajas por transmisiones por titulo distinto del de compraventa, incluidas las lucrativas «inter vivos» o «monis causa», y ventas de no residentes con medios de aportación no dinerarios.

NOTA: No será objeto de declaración el desdoblamiento o agrupación de las acciones.

En ningún caso se comunicará como compra o venta de valores la recepción o cesión, respectivamente, de depósitos o saldos anotados por traspasos de éstos de una entidad depositaria residente a otra residente que no supongan cambio del titular.

TABLA C.2

Mercado de la transacción

0. En las clases de operación 1, 3, 5, 6, 7 y 8 (altas y bajas), y cuando la clase de valor sea 03 (fondos de inversión).

1. Mercado Primario.

Las suscripciones y amortizaciones o reembolsos, los canjes dentro de una misma clase de valor, las entregas de títulos en proporción en el caso de fusiones, absorciones o escisiones, se consignarán con el código de mercado primario.

En este mercado se incluyen, así mismo, las amortizaciones de acciones rescatables.

2. Mercado Secundario

NOTA: En el caso de canje de obligaciones convertibles en acciones, a las acciones recibidas se les asignará el código del mercado que corresponda, según se trate o no, de títulos de nueva emisión.

TABLA C.3

Clase de valor

– Títulos participativos

00: Derechos de suscripción de acciones y otros análogos que den derecho a participaciones en el capital.

01: Acciones con derecho a voto.

02: Acciones sin derecho a voto.

03: Participaciones en fondos de inversión.

– Deuda a largo plazo (mercados de capitales). (Solo para declaración anual de saldos). Comprende, entre otros valores posibles, los bonos y obligaciones.

05: Deuda Pública a largo plazo.

Comprende la emitida por el Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales, Diputaciones Forales, Organismos Autónomos y Entes Públicos.

06: Deuda privada a largo plazo.

Comprende tanto las emisiones de sociedades privadas como las de sociedades públicas o estatales.

08: Bonos segregables.

Comprende los bonos u obligaciones del Estado en cuyas convocatorias de emisión la Dirección General del Tesoro y Política Financiera hubiera autorizado la posibilidad de segregación y reconstitución de sus flujos de caja. Así mismo, quedan incluidos el principal segregado y el cupón segregado.

– Deuda a corto plazo (mercados monetarios). (Solo para declaración anual de saldos). Comprende, entre otros valores posibles, las letras, pagarés y cédulas hipotecarias.

10: Deuda pública a corto plazo.

Comprende la emitida por el Estado, Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales, Diputaciones Forales, Organismos Autónomos y Entes Públicos.

11: Deuda privada a corto plazo.

Comprende tanto las emisiones de sociedades privadas como las de sociedades públicas o estatales.

– Otros instrumentos.

41: Otros valores o derechos.

TABLA C.4

Clase de inversor

00: Intermediario financiero crediticio.

08: Intermediario financiero no crediticio.

20: Fondos de inversión.

21: Fondos de pensiones.

40: Entidades aseguradoras.

60: Empresas privadas no financieras.

70: Personas físicas.

75: Otros inversores.

Códigos para el caso de depósitos y cuentas de valores a nombre de entidades extranjeras de compensación y liquidación:

81: EUROCLEAR.

82: CEDEL.

83: SEGA.

84: DBC.

85: JSTC – Japan Securities Clearing Corporation

86: SICOVAM

87: LNS – London Nomines Services

90: Otras entidades de compensación y liquidación de valores.

91: Depósitos de valores en entidades españolas que dan respaldo a ADR’s negociados en el mercado estadounidense.

Códigos para saldos a 31 de diciembre, según el artículo 26.2. y 3. de la Orden:

96: Depósitos de residentes en España a nombre de EUROCLEAR.

Comprende los depósitos y cuentas de valores a nombre de EUROCLEAR, tanto por cuenta de clientes residentes como por cuenta de las entidades declarantes residentes, que correspondan a valores emitidos en España por el Estado Español, las Comunidades Autónomas y otros Organismos, así como entidades financieras y no financieras, públicas y privadas residentes en España (valores domésticos).

97: Depósitos de residentes en España a nombre de CEDEL.

Comprende los depósitos y cuentas de valores a nombre de CEDEL, tanto por cuenta de clientes residentes como por cuenta de las entidades declarantes residentes, que correspondan a valores emitidos en España por el Estado Español, las Comunidades Autónomas y otros Organismos, así como entidades financieras y no financieras, públicas y privadas residentes en España (valores domésticos).

NOTA: Los códigos 81 y 82 incluirán el total de las transacciones o depósitos a nombre de EUROCLEAR o CEDEL respectivamente, sin detraer los importes correspondientes a los códigos 96 y 97.

TABLA C.5

Códigos de países y territorios

Código

País

AF

AFGANISTAN.

AL

ALBANIA.

DE

ALEMANIA.

AD

ANDORRA.

AO

ANGOLA.

Al

ANGUILLA.

AG

ANTARTIDA.

AG

ANTIGUA Y BARBUDA.

AN

ANTILLAS NEERLANDESAS.

SA

ARABIA SAUDITA.

DZ

ARGELIA.

AR

ARGENTINA.

AM

ARMENIA.

AW

ARUBA.

AU

AUSTRALIA.

AT

AUSTRIA.

AZ

AZERBAIJAN.

BS

BAHAMAS.

BH

BAHREIN.

XB

BANCO CENTRAL EUROPEO.

BD

BANGLADESH.

B8

BARBADOS.

BE

BELGICA.

BZ

BELIZE.

BJ

BENIN.

BM

BERMUDAS.

BT

BHUTAN.

BY

BIELORRUSIA.

BO

BOLIVIA.

BA

BOSNIA Y HERZEGOVINA.

SW

BOTSWANA.

BR

BRASIL.

BN

BRUNEI.

BG

BULGARIA.

BF

BURKINA-FASO (ALTO VOLTA).

BI

BURUNDI.

CM

CAMERUN.

CA

CANADA.

CL

CHILE.

ON

CHINA.

CY

CHIPRE.

VA

CIUDAD DEL VATICANO.

CO

COLOMBIA.

KM

COMORES.

CG

CONGO.

KP

COREA DEL NORTE.

KR

COREA DEL SUR.

CI

COSTA DE MARFIL.

CR

COSTA RICA.

HR

CROACIA.

CU

CUBA.

DK

DINAMARCA.

DJ

DJIBUTI.

DM

DOMINICA.

EC

ECUADOR.

EG

EGIPTO.

SV

EL SALVADOR.

AE

EMIRATOS ARABES UNIDOS.

ER

ERITREA.

SI

ESLOVENIA.

ES

ESPAÑA.

US

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

EE

ESTONIA.

ET

ETIOPIA.

FM

FEDERACION DE ESTADOS DE MICRONESIA.

FJ

FIDJI.

PH

FILIPINAS.

FI

FINLANDIA.

FR

FRANCIA.

GA

GABON.

GM

GAMBIA.

GE

GEORGIA.

GS

GEORGIA DEL SUR Y LAS ISLAS SANDWICH DEL SUR.

GH

GHANA.

GI

GIBRALTAR.

GD

GRANADA.

GR

GRECIA.

GL

GROENLANDIA.

GU

GUAM.

GT

GUATEMALA.

GY

GUAYANA.

GG

GUERNSEY.

ON

GUINEA.

GO

GUINEA ECUATORIAL.

GW

GUINEA-BISSAU.

NT

HAITI.

RN

HONDURAS.

HK

HONG-KONG.

HU

HUNGRIA.

IN

INDIA.

ID

INDONESIA.

XU

INSTITUCIONES DE LA UNION EUROPEA.

IR

IRAN.

IQ

IRAQ.

IE

IRLANDA.

BV

ISLA BOUVET.

IM

ISLA DE MAN.

HM

ISLA HEARO E ISLAS McDONALD.

CX

ISLA NAVIDAD.

NF

ISLA NORFOLK.

IS

ISLANDIA.

KY

ISLAS CAIMAN.

CC

ISLAS COCOS.

CK

ISLAS COOK.

FO

ISLAS FEROE.

MV

ISLAS MALDIVAS.

FK

ISLAS MALVINAS (FALKLANDS).

MP

ISLAS MARIANAS DEL NORTE.

MH

ISLAS MARSHALL.

UM

ISLAS MENORES ALEJADAS DE LOS ESTADOS UNIDOS.

SB

ISLAS SALOMON.

TC

ISLAS TURCAS Y CAICOS.

VG

ISLAS VIRGENES BRITANICAS.

VI

ISLAS VIRGENES DE LOS ESTADOS UNIDOS.

WF

ISLAS WALUS Y FORTUNA.

IL

ISRAEL.

TT

ITALIA.

JM

JAMAICA.

JP

JAPON.

JE

JERSEY.

JO

JORDANIA.

IOi

KAMPUCHEA (CAMBOYA).

KZ

KAZAJSTAN.

KE

KENYA.

KG

KIRGUIZISTAN.

KI

KIRIBATI.

KW

KUWAIT.

LA

LAOS.

LS

LESOTHO.

LV

LETONIA.

LB

LIBANO.

LR

LIBERIA.

LY

LIBIA.

U

LIETCHTENSTEIN.

LT

LITUANIA.

LU

LUXEMBURGO.

MO

MACAO.

XM

MACEDONIA (REPUBLICA DE)

MG

MADAGASCAR.

MY

MALASIA.

MW

MALAWI.

ML

MALI.

MT

MALTA.

MA

MARRUECOS.

MU

MAURICIO.

MR

MAURITANIA.

YT

MAYOTTE.

MX

MEXICO.

MD

MOLDAVIA.

MC

MONACO.

MN

MONGOLIA.

MS

MONTSERRAT.

MZ

MOZAMBIQUE.

MM

MYANMAR (BIRMANIA).

NA

NAMIBIA.

NR

NAURU.

NP

NEPAL.

Ni

NICARAGUA.

NE

NIGER.

NG

NIGERIA.

NU

NIUE.

NO

NORUEGA.

NC

NUEVA CALEDONIA Y DEPENDENCIAS.

NZ

NUEVA ZELANDA.

OM

OMAN.

XN

ORGANISMOS INTERNACIONALES DISTINTOS DE LAS INSTITUCIONES DE LA U.E. Y DEL BANCO CENTRAL EUROPEO.

NL

PAISES BAJOS.

QU

PAISES Y TERRITORIOS NO DETERMINADOS.

PK

PAKISTAN.

PW

PALAU.

PA

PANAMA.

PG

PAPUA-NUEVA GUINEA.

PY

PARAGUAY.

PE

PERU.

PN

PITCAIRN.

PF

POUNESIA FRANCESA.

PL

POLONIA.

PT

PORTUGAL.

QA

QATAR.

GB

REINO UNIDO.

CF

REPUBLICA CENTROAFRICANA.

CZ

REPUBLICA CHECA.

CV

REPUBLICA DE CABO VERDE.

CD

REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO (ZAIRE).

DO

REPUBLICA DOMINICANA.

SK

REPUBLICA ESLOVACA.

RO

RUMANIA.

RU

RUSIA.

RW

RWANDA.

AS

SAMOA AMERICANA.

WS

SAMOA OCCIDENTALES.

KN

SAN CRISTOBAL Y NEVIS.

SM

SAN MARINO.

PM

SAN PEDRO Y MIQUELON.

VC

SAN VICENTE Y GRANADINAS.

SH

SANTA HELENA Y DEPENDENCIAS.

LC

SANTA LUCIA.

ST

SANTO TOME Y PRINCIPE.

SN

SENEGAL.

SC

SEYCHELLES Y DEPENDENCIAS.

SL

SIERRA LEONA.

SG

SINGAPUR.

SY

SIRIA.

SO

SOMALIA.

LK

SRI LANKA.

SZ

SUAZILAND.

ZA

SUDAFRICA.

SO

SUDAN.

SE

SUECIA.

CH

SUIZA.

SR

SURINAM.

TW

TAIWAN.

TJ

TAJIKISTAN.

TZ

TANZANIA.

TD

TCHAD.

IO

TERRITORIO BRITANICO DEL OCEANO INDICO.

PS

TERRITORIO PALESTINO OCUPADO.

TH

THAILANDIA.

TF

TIERRAS AUSTRALES FRANCESAS.

TP

TIMOR ESTE/TIMOR ORIENTAL.

TG

TOGO.

TK

TOKEJUI.

TO

TONGA.

TT

TRINIDAD Y TOBAGO.

TN

TUNEZ.

TM

TURKMENISTAN.

TR

TURQUIA.

TV

TUVALU.

UA

UCRANIA.

UG

UGANDA.

UY

URUGUAY.

UZ

UZBEKISTAN.

VU

VANUATU.

VE

VENEZUELA.

VN

VIETNAM.

YE

YEMEN.

YU

YUGOSLAVIA (SERBIA Y MONTENEGRO).

ZM

ZAMBIA.

ZW

ZIMBABUE.

TABLA C.6

Codificación de monedas

Codigo

Moneda

Territorio/Entidad

AFA

AFGANI

AFGANISTAN

ALL

LEK

ALBANIA

DEM

MARCO ALEMAN

ALEMANIA

ADP

PESETA DE ANDORRA

ANDORRA

AON

KWANZA NUEVO

ANGOLA

AOR

KWANZA REAJUSTADO

ANGOLA

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

ANGUILLA

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

ANTIGUA Y BARBUDA

ANG

FLORIN ANTILLAS NEERLANDESAS

ANTILLAS NEERLANDESAS

SAR

RIYAL SAUDI

ARABIA SAUDITA

DZD

DINAR ARGELINO

ARGELIA

ARS

PESO ARGENTINO

ARGENTINA

AMD

DRAM ARMENIO

ARMENIA

AWG

FLORIN DE ARUBA

ARUBA

AUD

DOLAR AUSTRALIANO

AUSTRALIA

ATS

CHELIN

AUSTRIA

AZM

MANAT DE AZERBAIJAN

AZERBAIJAN

BSD

DOLAR BAHAMAS

BAHAMAS

BHD

DINAR DE BAHREIN

BAHREIN

BDT

TAKA

BANGLADESH

890

DOLAR DE BARBADOS

BARBADOS

BEE

FRANCO BELGA

BELGICA

BZD

DOLAR DE BELIZE

BELIZE

XOF

FRANCO CFA-BCEAO

BENIN

BMD

DOLAR BERMUDAS

BERMUDAS

BTN

NGULTRUM

BHOUTAN

BYB

RUBLO BIELORRUSO

BIELORRUSIA

BOB

BOLIVIANO

BOLIVIA

BOV

MVDOL

BOLIVIA

BAM

MARCO CONVERTIBLE

BOSNIA Y HERZEGOVINA

BWP

PULA

BOTSWANA

BRL

REAL BRASILEÑO

BRASIL

BND

DOLAR DE BRUNEI

BRUNEI

BGL

LEV

BULGARIA

BGN

LEV BULGARO

BULGARIA

XOF

FRANCO CFA-BCEAO

BURKINA-FASO (ALTO VOLTA)

BIF

FRANCO BURUNDI

BURUNDI

XAF

FRANCO CFA-BEAC

CAMERUN

CAD

DOLAR CANADIENSE

CANADA

CLF

UNIDAD DE INVERSION

CHILE

CLP

PESO CHILENO

CHILE

CNY

YUAN REN-MIN-BI

CHINA

CYP

LIBRA CHIPRIOTA

CHIPRE

COP

PESO COLOMBIANO

COLOMBIA

KMF

FRANCO COMORES

COMORES

XAF

FRANCO CFA-BEAC

CONGO

KPW

WON COREA NORTE

COREA DEL NORTE, REPUBLICA POPULAR

KRW

WON

COREA DEL SUR, REPUBLICA

XOF

FRANCO CFA-BCEAO

COSTA DE MARFIL

CRC

COLON DE COSTA RICA

COSTA RICA

HRK

KUNA CROATA

CROACIA

CUP

PESO CUBANO

CUBA

DKK

CORONA DANESA

DINAMARCA

DJF

FRANCO DJIBOUTI

DJIBOUTI

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

DOMINICA

ECS

SUCRE

ECUADOR

ECV

UVC

ECUADOR

EGP

LIBRA EGIPCIA

EGIPTO

SVC

COLON DE EL SALVADOR

EL SALVADOR

AED

DIRHAM EMIRATOS ARABES UNIDOS

EMIRATOS ARABES UNIDOS

ERN

NAKFA

ERITREA

SIT

TOLAR

ESLOVENIA

ESP

PESETA ESPAÑOLA

ESPAÑA

USD

DOLAR ESTADOS UNIDOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

EEK

CORONA ESTONIA

ESTONIA

ETB

BIRR ETIOPE

ETIOPIA

FJD

DOLAR FIDJI

FIDJI

PHP

PESO FILIPINO

FILIPINAS

FIM

MARCO FINLANDES

FINLANDIA

XDR

DERECHO ESPECIAL DE GIRO

FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

XEU

ECU

FONDOS EUROPEOS DE COOPERACION

FRF

FRANCO FRANCES

FRANCIA

XAF

FRANCO CFA-BEAC

GABON

GMD

DALASI

GAMBIA

GEL

LARI

GEORGIA

GHC

CEDI

GHANA

GIP

LIBRA GIBRALTAR

GIBRALTAR

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

GRANADA

GRD

DRACMA

GRECIA

GTQ

QUETZAL

GUATEMALA

GYD

DOLAR GUAYANA

GUAYANA

GNP

FRANCO GUINEANO

GUINEA

XAF

FRANCO CFA-BEAC

GUINEA ECUATORIAL

XOF

FRANCO CFA-BCEAO

GUINEA-BISSAU

GWP

PESO GUINEA-BISSAU

GUINEA-BISSAU

HTG

GOURDE

HAITI

HNL

LEMPIRA

HONDURAS

HKD

DOLAR HONG-KONG

HONG-KONG

HUF

FORINT

HUNGRIA

INR

RUPIA INDIA

INDIA

IDR

RUPIAH

INDONESIA

IRR

RIAL IRANI

IRAN

IQD

DINAR IRAQUI

IRAQ

IEP

LIBRA IRLANDESA

IRLANDA

ASK

CORONA ISLANDESA

ISLANDIA

KYD

DOLAR ISLAS CAIMAN

ISLAS CAIMAN

MVR

RUPIA DE MALDIVA

ISLAS MALDIVAS

FKP

LIBRA FALKLAND

ISLAS MALVINAS (FALKLAND)

BBC

DOLAR SALOMON

ISLAS SALOMON

XPF

FRANCO CFP

ISLAS WALIS Y FORTUNA

ILS

NUEVO SHEKEL ISRAELI

ISRAEL

ITL

LIRA ITALIANA

ITALIA

JMD

DOLAR JAMAICANO

JAMAICA

JPY

YEN

JAPON

JOD

DINAR JORDANO

JORDANIA

KHR

RIEL

KAMPUCHEA (CAMBOYA)

KZT

TENGE

KAZAJSTAN

KES

CHEUN KENYA

KENYA

KGS

SOM

KIRGUIZISTAN

KWD

DINAR KUWAITI

KUWAIT

LAK

KIP

LAOS

LSL

LOTI

LESOTHO

ZAL

RAND FINANCIERO

LESOTHO

LVL

LATS LETONIA

LETONIA

LBP

LIBRA LIBANESA

LIBANO

LRD

DOLAR LIBERIANO

LIBERIA

LYD

DINAR LIBIO

LIBIA

LTL

LITAS LITUANO

LITUANIA

LOE

FRANCO

LUXEMBURGO LUXEMBURGUES

MOP

PATACA

MACAO

MKD

DINAR

MACEDONIA (ANTIGUA REPUBLICA YUGOSLAVA DE)

MGF

FRANCO MALGACHE

MADAGASCAR

MYR

RINGGIT MALASIO

MALASIA

MWK

KWACHA

MALAWI

XOF

FRANCO CFA-BCEAO

MALI

MTL

LIRA MALTESA

MALTA

MAD

DIRHAM MARROQUI

MARRUECOS

MUR

RUPIA DE MAURICIO

MAURICIO

MRO

OUGUIJA

MAURITANIA

MXN

NUEVO PESO MEXICANO

MEXICO

MXV

UNIDAD DE INVERSION DE MEXICO

MEXICO

MDL

LEU MOLDAVO

MOLDAVIA

MNT

TUGRIK

MONGOLIA

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

MONTSERRAT

MZM

METICAL

MOZAMBIQUE

MMK

KYAT

MYANMAR (BIRMANIA)

NAD

DOLAR NAMIBIO

NAMIBIA

NPR

RUPIA DE NEPAL

NEPAL

NIO

CORDOBA ORO

NICARAGUA

XOF

FRANCO CFA-BCEAO

NIGER

NON

NAIRA

NIGERIA

NOK

CORONA NORUEGA

NORUEGA

XPF

FRANCO CFP

NUEVA CALEDONIA

NZD

DOLAR NEOZELANDES

NUEVA ZELANDA

OMR

RIAL OMANI

OMAN

NLG

FLORIN HOLANDES

PAISES BAJOS

PKR

RUPIA DEL PAKISTAN

PAKISTAN

PAR

BALBOA

PANAMA

PGK

KINA

PAPUA-NUEVA GUINEA

PYG

GUARANI

PARAGUAY

PEN

NUEVO SOL

PERU

XPF

FRANCO CFP

POLINESIA FRANCESA

PLN

ZLOTY

POLONIA

PTE

ESCUDO PORTUGUES

PORTUGAL

OAR

RIYAL DE QATAR

QATAR

GBP

LIBRA ESTERLINA

REINO UNIDO

XAF

FRANCO CFA-BEAC

REPUBLICA CENTROAFRICANA

CZK

CORONA CHECA

REPUBLICA CHECA

CVE

ESCUDO CABO VERDE

REPUBLICA DE CABO VERDE

CDF

FRANCO CONGOLEÑO

REPUBLICA DEMOCRATICA DEL CONGO (ZAIRE)

DOP

PESO DOMINICANO

REPUBLICA DOMINICANA

SKK

CORONA ESLOVACA

REPUBLICA ESLOVACA

ROL

LEU

RUMANIA

RUB

RUBLO RUSO

RUSIA

RUR

RUBLO RUSO

RUSIA

RWF

FRANCO DE RWANDA

RWANDA

WST

TALA

SAMOA

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

SAN CRISTOBAL Y NEVIS

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

SAN VICENTE Y GRANADINAS

SHP

LIBRA DE SANTA HELENA

SANTA HELENA

XCD

DOLAR CARIBES ORIENTALES

SANTA LUCIA

STD

COBRA

SANTO TOME Y PRINCIPE

XOF

FRANCO CFA-BCEAO

SENEGAL

SCR

RUPIA SEYCHELLES

SEYCHELLES

SLL

LEONA

SIERRA LEONA

SGD

DOLAR SINGAPUR

SINGAPUR

SYP

LIBRA SIRIA

SIRIA

SOS

CHELIN DE SOMALIA

SOMALIA

LKR

RUPIA DE SRI LANKA

SRI LANKA

SZL

LILANGENI

SUAZILANDIA

ZAR

RAND

SUDAFRICA

SOD

DINAR SUDANES

SUDAN

SEK

CORONA SUECA

SUECIA

CHF

FRANCO SUIZO

SUIZA

SRG

FLORIN DE SURINAM

SURINAM

TWO

NUEVO DOLAR DE TAIWAN

TAIWAN

TJR

RUBLO TAJIKISTAN

TAJIKISTAN

TZS

CHEUN DE TANZANIA

TANZANIA

XAF

FRANCO CFA-BEAC

TCHAD

THB

BAHT

THAILANDIA

XOF

FRANCO CFA BCEAO

TOGO

TOP

PA’ANGA

TONGA

TTD

DOLAR TRINIDAD Y TOBAGO

TRINIDAD Y TOBAGO

TND

DINAR TUNECINO

TUNEZ

TMM

MANAT

TURKMENISTAN

TRL

LIRA TURCA

TURQUIA

UAH

HRYVNIA

UCRANIA

UGX

CHELIN UGANDES

UGANDA

EUR

EURO

UNION EUROPEA

UYU

PESO URUGUAYO

URUGUAY

UZS

SUM UZBEKISTAN

UZBEKISTAN

VIJV

VATU

VANUATU

VEB

BOLIVAR

VENEZUELA

VND

DONG

VIETNAM

YER

RIYAL DEL YEMEN

YEMEN

YUM

DINAR YUGOSLAVO NUEVO

YUGOSLAVIA (SERBIA Y MONTENEGRO)

ZMK

KWACHA

ZAMBIA

ZWD

ZINBABWE DOLAR

ZIMBABUE

MODELO IMPRESO A1

Instrucciones de cumplimentación

Este impreso deberá cumplimentarse en las declaraciones mensuales de flujos y en las anuales de saldos, y vendrá acompañando al soporte magnético o ala hoja de detalle.

IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE

Se consignarán los datos solicitados en cada una de las casillas, sin omitir ninguna de ellas.

En el recuadro «CÓDIGO ENTIDAD» se consignará el código de la entidad declarante, según consta en los registros de entidades del Banco de España. Para las sociedades, agencias de valores y empresas de servicios de inversión que no tengan asignado código de cuatro posiciones en el registro de entidades del Banco de España, la Subdirección General de Inversiones Exteriores asignará el código correspondiente que, salvo duplicados, será el resultado de sumar 3500 al número del Registro oficial asignado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN

Marcar con un aspa (x) la casilla que corresponda a la declaración que se presenta (mensual o anual). En ningún caso podrán efectuarse en el mismo impreso ambas declaraciones simultáneamente.

Mensual: Consignar a la derecha de «MES» y «AÑO», respectivamente, el número del mes y los cuatro dígitos del año al que corresponde la declaración. Si en el mes consignado la Entidad que efectúa la declaración no hubiera realizado ninguna operación, marcará con un aspa (x) el recuadro «SIN ACTIVIDAD».

Anual: Consignar a la derecha de «AÑO» los cuatro dígitos de aquél al que corresponde la información. Si a 31 de diciembre del año anterior no se mantiene ningún depósito, se marcará con un aspa (x) la casilla «SIN DEPÓSITOS».

Complementaria: Marcar con un aspa (x) cuando, previa aprobación y siguiendo instrucciones de la Subdirección General de Inversiones Exteriores, se presente una declaración complementaria a la inicialmente presentada.

MEDIO DE PRESENTACIÓN ADJUNTO:

Marcar con un aspa (x) el que corresponda.

RESUMEN DE LA DECLARACIÓN

RESUMEN MENSUAL:

Se cumplimentará únicamente cuando se trate de la declaración sobre flujos.

TOTAL COMPRAS: Tanto en la columna de «NOMINAL EUROS» como en la de «EFECTIVO EUROS», se consignará el importe acumulado de todas aquellas compras (clase de operación 2 de la tabla C.1) que aparezcan en la hoja o soporte magnético adjuntos, y cuya moneda sea el euro (código de moneda EUR).

TOTAL VENTAS: Tanto en la columna de «NOMINAL EUROS» como en la de «EFECTIVO EUROS», se consignará el importe acumulado de todas aquellas ventas (clase de operación 4 de la tabla C.1) que aparezcan en la hoja o soporte magnético adjuntos, y cuya moneda sea el euro (código de moneda EUR).

NETO: Consignar las diferencias del total de compras menos el total de ventas, y cuya moneda sea el euro.

OTRAS OPERACIONES: En la columna de nominal se consignará el importe acumulado del conjunto de operaciones distintas a compras y ventas (tabla C.1) que aparezcan en la hoja o soporte magnético adjuntos, y cuya moneda sea el euro. La columna de efectivo no debe cumplimentarse.

RESUMEN ANUAL:

Se cumplimentará únicamente cuando se trate de la declaración de saldos.

Tanto en la columna de «NOMINAL EUROS» como en la de «EFECTIVO EUROS», se consignará la suma de todos aquellos importes de saldos que aparezcan en la hoja o soporte magnético adjuntos y cuya moneda sea el euro.

MODELO IMPRESO A2

Instrucciones de cumplimentación

Este modelo se cumplimentará únicamente por aquellas entidades que hayan optado por la presentación de las declaraciones en impreso, y serán hojas adjuntas al modelo Al.

No podrán declararse más de 10 operaciones por este medio de presentación.

Todas las declaraciones que aparezcan en una misma hoja deberán estar cifradas en la misma moneda, cuyo código aparecerá en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

HOJA /

Se cumplimentará una hoja por cada moneda distinta, numerándose éstas secuencialmente (1/N, 2/N, etc, siendo N el número total de hojas de que consta la declaración).

IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE

Se consignarán los datos solicitados en cada una de las casillas.

IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN

MONEDA:

Consignar el código de la moneda que corresponda, según la codificación de monedas de la Tabla C.6 de las Instrucciones.

RELACIÓN:

Mensual (flujos): Cuando la hoja corresponda a flujos (declaración mensual), marcar con un aspa (x) el recuadro correspondiente y consignar en los espacios «MES» y «AÑO», respectivamente, el número del mes y los cuatro dígitos del año al que corresponde la declaración.

Anual (saldos): Cuando la hoja corresponda a saldos (declaración anual), marcar con un aspa (x) el recuadro correspondiente y consignar en el espacio»AÑO» los cuatro dígitos del año al que corresponde la declaración.

RELACIÓN DE OPERACIONES (MENSUAL) O DEPÓSITOS (SALDO A FINAL DE AÑO)

C. OP. (1):

Declaración mensual (flujos): Consignar el código que corresponda a la clase de operación, según tabla C.1 de las Instrucciones.

Declaración anual (saldos): No cumplimentar.

MERCADO (2):

Declaración mensual (flujos): Consignar el código que corresponda según la Tabla C.2 de las Instrucciones.

Declaración anual (saldos): No cumplimentar.

CÓDIGO ISIN/N.I.F. EMISOR (3):

Se consignará el código ISIN del valor. En su defecto se consignará el N.I.F. de la entidad emisora.

CLASE VALOR (4):

Consignar el código que corresponda, según relación de claves que aparecen en la Tabla C.3.

INVERSOR (5):

Consignar el código que corresponda, según relación de claves que aparecen en la Tabla C.4.

PAÍS (6):

Consignar el código que corresponda al país de residencia del titular del depósito, según relación de claves que aparecen en la Tabla C.5.

NÚMERO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES (7):

Declaración mensual (flujos): En acciones (clase de valor 01 y 02 de la tabla C.3) se consignará el número de títulos objeto de la transacción. En fondos de inversión (clase de valor 03 de la tabla C.3) se consignará el número de participaciones suscritas o reembolsadas, con 2 decimales.

Los demás valores: No cumplimentar.

Declaración anual (saldos): En acciones (clase de valor 01 y 02 de la tabla C.3) se consignará el número de títulos depositados. En fondos de inversión (clase de valor 03 de la tabla C.3) se consignará el número de participaciones con 2 decimales.

Los demás valores: No cumplimentar.

NOMINAL (8):

Declaración mensual (flujos): Importe nominal total del conjunto de valores a que se refiere la linea, expresado en la moneda cuyo código aparecerá en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En los valores denominados en euros o en pesetas y que coticen en euros en el mercado español, el nominal se expresará en euros, cuyo código (EUR) figurará en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En los valores denominados en moneda distinta del euro o de la peseta, si cotizan en esa moneda en el mercado español, el nominal se expresará en dicha moneda, cuyo código aparecerá en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

Este campo no se cumplimentará en el caso de derechos de suscripción de acciones, de valores emitidos en moneda distinta del euro o de la peseta y cotizados en euros en el mercado español o de participaciones en fondos de inversión.

Declaración anual (saldos): Importe nominal total del conjunto de los valores a que se refiere la línea, expresado en la moneda cuyo código aparecerá en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En los valores denominados en euros o en pesetas y que coticen en euros en el mercado español, el nominal se expresará en euros, cuyo código (EUR) figurará en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En los valores denominados en una moneda distinta del euro o de la peseta, si cotizan en esa moneda en el mercado español, el nominal se expresará en dicha moneda, cuyo código aparecerá en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

Este campo no se cumplimentará en el caso de derechos de suscripción de acciones, de valores emitidos en moneda distinta del euro o de la peseta y cotizados en euros en el mercado español o de participaciones en fondos de inversión.

EFECTIVO (9):

Declaración mensual (flujos): Importe efectivo total de las compras o ventas, expresado en la moneda cuyo código aparezca en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En las altas y bajas por cambio de residencia y otras causas y traspasos entre entidades depositarias residentes y no residentes, este campo se cumplimentará con ceros (clases de operación 1, 3, 5, 6, 7 y 8 de la tabla C.1).

En valores denominados en moneda distinta del euro o de la peseta, que coticen en euros en el mercado español, el efectivo se expresará en euros, cuyo código de moneda (EUR) es el que debe de figurar en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En valores denominados en moneda distinta del euro o de la peseta, si cotizan en esa moneda en el mercado español, el efectivo se expresará en dicha moneda, cuyo código aparecerá en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

Pagos aplazados y compras a crédito: se consignará el importe efectivo total que correspondería a la transacción en el caso de que la misma se hubiera efectuado al contado.

Las ventas a crédito se consignarán en el momento del pago final de la operación y por su total importe.

Suscripción de acciones totalmente liberadas: se consignará cero.

Canjes dentro de una misma clase de valor, fusiones, absorciones y escisiones por entregas de títulos en proporción: se consignará cero.

Acciones percibidas en el canje de obligaciones convertibles: se consignará el importe efectivo que corresponda según la valoración dada por el emisor.

Declaración anual (saldos): Importe efectivo total del conjunto de valores a que se refiere la línea, expresado en la moneda cuyo código aparezca en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En valores denominados en moneda distinta del euro o de la peseta, que coticen en euros en el mercado español, el efectivo se expresará en euros, cuyo código de moneda (EUR) es el que debe de figurar en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

En los valores denominados en una moneda distinta del euro o de la peseta, si cotizan en esa moneda en el mercado español, el efectivo se expresará en dicha moneda, cuyo código aparecerá en «IDENTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN».

El importe efectivo se calculará según la última cotización del año a que se refiere la declaración. Cuando el valor no haya cotizado a lo largo del año se aplicará la última cotización habida con anterioridad. En el caso de acciones nuevas procedentes de ampliación de capital y aún no admitidas a cotización se tomará como valor el de las antiguas de iguales características, y en el caso de otros títulos aún no admitidos a cotización, distintos de las acciones nuevas, se tomará el precio de emisión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-01.

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