Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única de la Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la sede electrónica y se regulan los registros electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. · BOE-A-2009-21051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-30.
Texto consolidado
Con carácter transitorio, también existirán, de manera subordinada a la sede electrónica principal de la Agencia Tributaria, las siguientes subsedes electrónicas, directamente accesibles desde la dirección electrónica de la sede electrónica principal:
https://www1.aeat.es
https://www2.aeat.es
https://www3.aeat.es
https://www4.aeat.es
https://www5.aeat.es
https://aeat.es
En la sede electrónica de la Agencia Tributaria se informará de la supresión de estas subsedes así como de la nueva ubicación de los servicios y contenidos respectivos.
Más artículos de BOE-A-2009-21051
- ← Disposición adicional tercera.
- → Disposición derogatoria única.
- Ver la norma completa: Resolución de 28 de diciembre de 2009, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la sede electrónica y se regulan los registros electrónicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.