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Resolución Vigente

Disposición transitoria única.

Disposición transitoria única de la Resolución de 2 de abril de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las instrucciones a las que habrán de ajustarse el contenido, estructura y formato del informe resumen, así como la solicitud del informe previo a la resolución de discrepancias y la remisión de información contable e informes de auditoría de cuentas anuales de las entidades del sector público local. · BOE-A-2020-4301

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-07.

Texto consolidado

Los informes resumen o las solicitudes de informe previo a la resolución de discrepancia, que se remitan previamente a la puesta en funcionamiento de la aplicación web RICEL señalada en los apartados I y II anteriores, se enviarán a la Intervención General de la Administración del Estado a través del Registro electrónico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-04-07.

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