Disposición transitoria única. Precio unitario transitorio para la financiación de los pagos por capacidad.
Disposición transitoria única del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico. · BOE-A-2015-7765
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-12.
Texto consolidado
Transitoriamente, los precios unitarios para la financiación de los pagos por capacidad regulados en el artículo 5 que deben aplicarse a efectos de facturación en el periodo desde el 1 de agosto de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, ambos incluidos, serán los siguientes:
Peajes de acceso
Precio unitario para la financiación de los pagos por capacidad
Euro/kWh (b.c.)
P1
P2
P3
P4
P5
P6
Peajes de baja tensión:
2.0 A (Pc ≤ 10 kW).
0,005898
2.0 DHA (Pc ≤ 10 kW).
0,006078
0,001026
2.0 DHS (Pc ≤ 10 kW).
0,006078
0,001384
0,000821
2.1 A (10< Pc ≤ 15 kW).
0,005898
2.1 DHA (10< Pc ≤ 15 kW).
0,006078
0,001026
2.1 DHS (10< Pc ≤ 15 kW).
0,006078
0,001384
0,000821
3.0 A ( Pc > 15 kW).
0,010669
0,005484
0,000073
Peajes de alta tensión:
3.1 A ( 1 kV a 36 kV).
0,008194
0,004412
0,000000
6.1A (1 kV a 30 kV).
0,008194
0,003782
0,002521
0,001891
0,001891
0,000000
6.1B (30 kV a 36 kV).
0,008194
0,003782
0,002521
0,001891
0,001891
0,000000
6.2 ( 36 kV a 72,5 kV).
0,008194
0,003782
0,002521
0,001891
0,001891
0,000000
6.3 ( 72,5 kV a 145 kV ).
0,008194
0,003782
0,002521
0,001891
0,001891
0,000000
6.4 ( Mayor o igual a 145 kV).
0,008194
0,003782
0,002521
0,001891
0,001891
0,000000
Más artículos de Real Decreto-ley 9/2015
- ← Disposición adicional única. Formalización al vigente presupuesto de la Sección 34 «Relaciones Financieras con la Uni…
- → Disposición final primera. Título competencial.
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico.