Disposición transitoria única. Contratos preexistentes.
Disposición transitoria única del Real Decreto-ley 5/2020, de 25 de febrero, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación. · BOE-A-2020-2669
Atención: Real Decreto-ley 5/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los contratos alimentarios en vigor, incluidas sus prórrogas y novaciones, en el momento de entrada en vigor de este real decreto-ley mantendrán su validez, si bien tendrán que adaptarse en aquello en que no se ajusten a lo dispuesto en esta norma en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor.
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