Disposición transitoria única. Subvención de la recogida y gestión hasta la entrada en vigor de la obligación de los fabricantes o, en su caso, de los sistemas integrados de gestión.
Disposición transitoria única del Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados. · BOE-A-2006-9832
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-04.
Texto consolidado
El Ministerio de Medio Ambiente subvencionará la recogida y gestión de los aceites industriales usados hasta la entrada en vigor de la obligación de realizar esas operaciones por parte de los fabricantes o, en su caso, de los sistemas integrados de gestión, en aplicación de este Real Decreto. Para ello publicará la resolución de convocatoria de acuerdo con la Orden MAM/2191/2005, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de las subvenciones por las actividades de recuperación y valorización de aceites usados.
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