Disposición transitoria única. Programas existentes.
Disposición transitoria única del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación. · BOE-A-2006-1703
Atención: Real Decreto 63/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los programas de ayuda a la investigación, financiados con fondos públicos, existentes a la entrada en vigor de este real decreto deberán adecuarse a lo dispuesto en el mismo. A tal fin, los Ministerios de Educación y Ciencia y de Sanidad y Consumo realizarán las actuaciones oportunas para que en el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de este real decreto se produzca su efectiva aplicación.