Disposición transitoria única. Inicio de la venta a distancia a través de sitios web.
Disposición transitoria única del Real Decreto 544/2016, de 25 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción veterinaria. · BOE-A-2016-11820
Atención: Real Decreto 544/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La inclusión de datos en las páginas web, o la creación de los sitios web mencionados en los artículos 6, 7 y 8, determinará el momento en el que podrá llevarse a cabo la venta a distancia mediante estos sitios. No obstante, si en dos meses desde la publicación de este real decreto no se hubiera creado aún alguno de los sitios web de la Administración General del Estado, las oficinas de farmacia y establecimientos comerciales detallistas de medicamentos veterinarios que hubieran presentado la comunicación a que se refiere el artículo 4 podrán iniciar la actividad de venta al público regulada en esta disposición.