Disposición transitoria única. Régimen transitorio aplicable.
Disposición transitoria única del Real Decreto 504/2003, de 2 de mayo, por el que se regula el Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. · BOE-A-2003-9993
Atención: Real Decreto 504/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Este real decreto resultará aplicable por vez primera a la renovación del Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores que corresponderá efectuar el 1 de abril de 2004, manteniéndose hasta esa fecha el régimen de composición y funcionamiento previsto en el Real Decreto 341/1989, de 7 de abril, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 216/1997, de 14 de febrero.