Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única del Real Decreto 493/2021, de 6 de julio, por el que se modifica el límite de altura de sobrevuelo del territorio de determinados parques nacionales, dispuesto en el artículo 7, número 3, letra e) de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales. · BOE-A-2021-11237
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-08.
Texto consolidado
El Acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 de diciembre de 2020, mantendrá su eficacia hasta que sea sustituido por este real decreto cuando inicie sus efectos en los términos previstos en la disposición final segunda.
Más artículos de Real Decreto 493/2021
- ← Disposición adicional única. No incremento de gasto público.
- → Disposición final primera. Título competencial.
- Ver la norma completa: Real Decreto 493/2021, de 6 de julio, por el que se modifica el límite de altura de sobrevuelo del territorio de determinados parques nacionales, dispuesto en el artículo 7, número 3, letra e) de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales.