Disposición transitoria única. Normativa transitoria de aplicación.
Disposición transitoria única del Real Decreto 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios. · BOE-A-2010-6486
Atención: Real Decreto 488/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición derogatoria única, hasta tanto se dicte la normativa de desarrollo del presente real decreto, la Orden de Presidencia del Gobierno, de 13 de junio de 1983, por la que se dan normas sobre productos zoosanitarios y otras sustancias utilizadas en la producción animal será de aplicación, en todo lo que no se oponga expresamente, respecto de aquellos aspectos no regulados en esta norma.