Disposición transitoria única. Requisitos de personal durante la implantación progresiva de las enseñanzas.
Disposición transitoria única del Real Decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios. · BOE-A-2015-6708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-18.
Texto consolidado
En tanto no se implanten en su totalidad cada uno de los estudios universitarios oficiales que vaya a desarrollar la universidad, los requisitos de porcentaje de personal que establece el presente real decreto para las universidades y centros universitarios se entenderán referidos a la totalidad del personal que resulte exigible para la impartición del curso o cursos del correspondiente plan de estudios en proceso de implantación.