Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas.
Disposición transitoria única del Real Decreto 402/2020, de 25 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Guía en el medio natural y de tiempo libre y se fijan los aspectos básicos del currículo. · BOE-A-2020-2738
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-02-28.
Texto consolidado
1. Hasta que sea de aplicación lo dispuesto en este real decreto, en virtud de lo establecido en su disposición final tercera, será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2049/1995, de 22 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural y las correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Asimismo, hasta que sea de aplicación la norma que regule, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional, el currículo correspondiente al título de Técnico en Guía en el Medio natural y de tiempo libre, será de aplicación lo establecido en el Real Decreto 1263/1997, de 24 de julio, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Conducción de Actividades Físico-Deportivas en el Medio Natural.
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