Disposición transitoria única. Régimen transitorio hasta la constitución del nuevo Foro.
Disposición transitoria única del Real Decreto 371/2026, de 6 de mayo, por el que se crea y regula el Foro de Gobierno Abierto. · BOE-A-2026-9880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-05-08.
Texto consolidado
Hasta la constitución del Foro conforme a lo previsto en este real decreto, continuarán en funciones los miembros del Foro regulado por la Orden HFP/134/2018, de 15 de febrero, por la que se crea el Foro de Gobierno Abierto exclusivamente para el desempeño de las tareas necesarias para garantizar la continuidad de los trabajos en curso.
La constitución del nuevo Foro deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto.