Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Disposición transitoria única del Real Decreto 312/2023, de 25 de abril, por el que se regulan las exenciones al cumplimiento de determinada normativa para sustancias, mezclas o artículos que las contengan, por razones de defensa. · BOE-A-2023-10051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-27.
Texto consolidado
En tanto en cuanto entre en vigor la orden ministerial referida en el artículo 5.3 de este real decreto, seguirá en vigor la Orden DEF/1056/2013, de 30 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la solicitud y obtención de certificados de exención por razones de defensa, en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas como tales o en forma de mezclas químicas o contenidas en artículos, en lo que no contradiga a este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 312/2023
- ← Artículo 5. Autoridad competente y procedimiento para la solicitud de la exención.
- → Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 312/2023, de 25 de abril, por el que se regulan las exenciones al cumplimiento de determinada normativa para sustancias, mezclas o artículos que las contengan, por razones de defensa.