Disposición transitoria única. Expedición de Suplementos Europeos al Título.
Disposición transitoria única del Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior. · BOE-A-2015-1158
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-08.
Texto consolidado
1. La expedición de los suplementos europeos a títulos oficiales correspondientes a las enseñanzas anteriores a las establecidas en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, se realizará conforme a su normativa reguladora.
2. Los Suplementos Europeos al Título correspondientes a las enseñanzas de Grado y Master del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, que se expidan a partir de la entrada en vigor de este real decreto se realizarán conforme a las prescripciones establecidas por este.
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