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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Ingreso de los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008.

Disposición transitoria única del Real Decreto 2059/2008, de 12 de diciembre, sobre el régimen de ingreso en el Tesoro Público de los beneficios del Banco de España. · BOE-A-2008-20392

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-18.

Texto consolidado

Excepcionalmente, el ingreso correspondiente a los beneficios devengados y contabilizados hasta el 30 de septiembre de 2008, se producirá antes del 31 de diciembre de 2008.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-12-18.

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