Disposición transitoria única. Funciones del Consejo General.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. · BOE-A-2000-22417
Atención: Real Decreto 1912/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Consejo General conservará las funciones que la vigente legislación estatal sobre Colegios Profesionales le atribuye respecto de los Colegios Profesionales radicados en Comunidades Autónomas que aún no hubieran dispuesto la aprobación de leyes autonómicas sobre Colegios Profesionales.
Más artículos de Real Decreto 1912/2000
- ← Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
- → Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.