Disposición transitoria única. Adaptación de las Agrupaciones existentes.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1880/1996, de 2 de agosto, por el que se regulan las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas. · BOE-A-1996-21095
Atención: Real Decreto 1880/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se establece un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto, para que las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas se adapten a las disposiciones establecidas por el presente Real Decreto.