Disposición transitoria única. Consejo del Agua de la cuenca.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1626/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental y por el que se modifica el Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan la composición, funcionamiento y atribuciones de los comités de autoridades competentes de las Demarcaciones Hidrográficas con cuencas intercomunitarias. · BOE-A-2011-19244
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-09.
Texto consolidado
Hasta tanto no esté constituido el Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, continuará existiendo y ejerciendo sus propias funciones el Consejo del Agua de la cuenca.
Más artículos de Real Decreto 1626/2011
- ← Disposición adicional tercera. Régimen económico.
- → Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1626/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental y por el que se modifica el Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan la composición, funcionamiento y atribuciones de los comités de autoridades competentes de las Demarcaciones Hidrográficas con cuencas intercomunitarias.