Disposición transitoria única. Clasificación provisional.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1615/2010, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la norma de calidad del trigo. · BOE-A-2010-19103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-12.
Texto consolidado
Hasta la utilización normalizada de la clasificación establecida en este real decreto que se aplicará obligatoriamente desde el 1 de julio 2011, se establece una clasificación teórica provisional de variedades, que no garantiza que el producto obtenido de las mismas sea clasificado como perteneciente a dicho grupo, para las operaciones comerciales con trigo blando o con trigo duro, en los anexos I y II respectivamente.
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