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Real Decreto Derogada

Disposición transitoria única. Validez de las evaluaciones realizadas según el Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, por el que se establece los procedimientos de evaluación de la conformidad y los requisitos de protección relativos a compatibilidad electromagnética de los equipos, sistemas e instalaciones.

Disposición transitoria única del Real Decreto 1580/2006, de 22 de diciembre, por el que se regula la compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos · BOE-A-2007-973

Atención: Real Decreto 1580/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. No obstante lo dispuesto en la disposición derogatoria única, se podrán seguir comercializando y poniendo en servicio hasta el 20 de julio de 2009 los equipos que cumplan lo establecido en el Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo y que hayan sido comercializados antes del 20 de julio de 2007, bajo los siguientes criterios de aplicación:

a) Los aparatos para los que el fabricante o su representante autorizado hayan hecho pública, antes del 20 de julio de 2007, una declaración de conformidad con arreglo al procedimiento de evaluación del artículo 8 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, se podrán continuar fabricando y comercializando hasta el 20 de julio de 2009.

b) Los aparatos para los que el fabricante o su representante autorizado hayan obtenido, antes del 20 de julio de 2007, un informe técnico o certificado de un organismo competente conforme al procedimiento de evaluación del artículo 9 del Real Decreto 444/1994, de 11 de marzo, se podrán continuar fabricando y comercializando hasta el 20 de julio de 2009.

2. Se considera que las instalaciones fijas están excluidas del alcance y aplicación del periodo transitorio, por cuanto su aplicación se establece para equipos que son puestos en el mercado y las instalaciones fijas son puestas en servicio, pero no son puestas en mercado. Por consiguiente, las instalaciones fijas puestas en servicio después del 20 de julio de 2007 tendrán que cumplir con este real decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-18.

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