El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Disposición transitoria única. Plazo de presentación de las solicitudes para proyectos de inversión que se financien con cargo al ejercicio FEAGA 2012.

Disposición transitoria única del Real Decreto 1547/2011, de 31 de octubre, por el que se regula la medida de inversiones recogida en el programa de apoyo al sector vitivinícola. · BOE-A-2011-18067

Atención: Real Decreto 1547/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el plazo máximo de treinta días hábiles, contado a partir de la entrada en vigor del presente real decreto, los interesados podrán presentar las solicitudes de proyectos de inversión a las comunidades autónomas.

Las comunidades autónomas deberán remitir al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino los proyectos de inversión seleccionados según el procedimiento establecido en el artículo 6 en el plazo de treinta días hábiles desde el final del plazo establecido en el párrafo anterior.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-08.

Más artículos de Real Decreto 1547/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1547/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.