Disposición transitoria única. Plazo de presentación de las solicitudes para proyectos de inversión que se financien con cargo al ejercicio FEAGA 2012.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1547/2011, de 31 de octubre, por el que se regula la medida de inversiones recogida en el programa de apoyo al sector vitivinícola. · BOE-A-2011-18067
Atención: Real Decreto 1547/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo máximo de treinta días hábiles, contado a partir de la entrada en vigor del presente real decreto, los interesados podrán presentar las solicitudes de proyectos de inversión a las comunidades autónomas.
Las comunidades autónomas deberán remitir al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino los proyectos de inversión seleccionados según el procedimiento establecido en el artículo 6 en el plazo de treinta días hábiles desde el final del plazo establecido en el párrafo anterior.