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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.

Disposición transitoria única del Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento. · BOE-A-2000-16127

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-30.

Texto consolidado

1. Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios hasta que se apruebe la relación de puestos de trabajo adaptada a la nueva estructura orgánica de este Real Decreto. Dicha adaptación, en ningún caso, podrá generar incremento de gasto público.

2. Los Subsecretarios de Fomento y de Ciencia y Tecnología acordarán conjuntamente y con carácter inmediato, como actuación previa a la aprobación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, la adscripción provisional al Ministerio de Fomento de las unidades y personal que venían desempeñando en la suprimida Secretaría General de Comunicaciones las funciones administrativas en materia postal. Los puestos de trabajo afectados seguirán siendo retribuidos durante este ejercicio con cargo a los créditos presupuestarios que tenía asignados la Secretaría General extinguida.

3. Las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos en este Real Decreto se adscribirán provisionalmente, por Resolución del Subsecretario, a los órganos regulados en el presente Real Decreto, en función de las atribuciones que éstos tienen asignadas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-08-30.

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