Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, de Regulación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura. · BOE-A-1999-18397
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-09-04.
Texto consolidado
Las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios, hasta que se apruebe la correspondiente relación de puestos de trabajo adaptada a la estructura orgánica de este Real Decreto. Dicha adaptación, en ningún caso, podrá generar incremento de gasto público.