Disposición transitoria única. Prórroga de comercialización.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre, por el que se aprueban las normas de calidad para quesos y quesos fundidos. · BOE-A-2006-17436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-07.
Texto consolidado
Los productos objeto de este real decreto que no se ajusten a lo dispuesto en él, podrán seguir comercializándose durante los seis meses siguientes a la fecha de su publicación, siempre que cumplan con las disposiciones vigentes anteriores a su entrada en vigor.