Disposición transitoria única. Adaptación del plazo de adecuación del CUE para las campañas 2023, 2024 y 2025.
Disposición transitoria única del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola. · BOE-A-2022-23054
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-01.
Texto consolidado
No obstante lo dispuesto en el artículo 6.5, para los años 2023, 2024 y 2025, la información del REA contenida en el sistema informático central del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, se actualizará dos veces al año, en los plazos y con el contenido establecido mediante orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo dispuesto en el artículo 9.2, para los años 2024 y 2025 la información del CUE contenida en el sistema informático central del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se actualizará dos veces al año, en los plazos y con el contenido establecido mediante orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.#a1-8
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-26460.
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