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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Disposición transitoria única. Inscripción de máquinas ya en uso.

Disposición transitoria única del Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola. · BOE-A-2009-11678

Atención: Real Decreto 1013/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Para la inscripción en el ROMA de las máquinas contempladas en los párrafos h) e i) del anexo II, no inscritas con anterioridad, cuando no se disponga del certificado de características, de la declaración de conformidad CE, regulada en el Real Decreto 1644/2008, de seguridad en las máquinas, o de la factura de compra, podrán sustituirse por una declaración firmada por el titular de la máquina en la que se reflejen los datos indentificativos de la misma, marca y modelo, número de bastidor, sus principales características técnicas y el año de la primera adquisición de la máquina.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-02-23.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-2586.

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