Disposición transitoria única. Primer certificado de sostenibilidad.
Disposición transitoria única de la Orden TEC/1420/2018, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los aspectos de detalle del Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y de la emisión del informe de verificación de la sostenibilidad regulados en el Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo. · BOE-A-2018-18004
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.
Texto consolidado
La disposición por parte de los agentes económicos acogidos al sistema nacional de verificación de la sostenibilidad del certificado de sostenibilidad previo a que hace referencia el artículo 5 será exigible a partir de los tres meses de la entrada en vigor de la presente orden.
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