Disposición transitoria única. Plazos de obtención de la documentación para demostrar el cumplimiento de la norma UNE EN.
Disposición transitoria única de la Orden SAS/1915/2009, de 8 de julio, sobre sustancias para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano. · BOE-A-2009-11876
Atención: Orden SAS/1915/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se estipulan los siguientes plazos para el cumplimiento del artículo 6 mediante la aplicación de los requisitos establecidos en el anexo III, para el apartado A: análisis del producto y B: certificación del producto, un año y tres años respectivamente desde la fecha de publicación de la presente orden.