Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única de la Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, por la que se regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica. · BOE-A-2022-3713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-11.
Texto consolidado
En tanto no esté disponible la aplicación informática de la Intervención General de la Administración del Estado a través de la que se dará soporte al Registro Estatal de las entidades interesadas en los PERTE, la remisión por el órgano competente de la información exigida en el artículo 9, por cada entidad acreditada en un PERTE, se hará a través de registro electrónico dirigido a la Intervención General de la Administración del Estado.
La información del artículo 9 se proporcionará en un fichero con la estructura y formato que se publique en el sitio web de la Intervención General de la Administración del Estado.
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