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Orden Derogada

Disposición transitoria única. Inscripción de vehículos que a la entrada en vigor de esta orden integren las flotas de los organismos o entidades del sector público estatal.

Disposición transitoria única de la Orden HAP/1177/2015, de 17 de junio, por la que se regula el Registro de Vehículos del Sector Público Estatal. · BOE-A-2015-6791

Atención: Orden HAP/1177/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los responsables de la gestión o administración de los vehículos que sean inscribibles con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 anterior, deberán solicitar su inscripción en el Registro en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-20.

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