Disposición transitoria única. Plazo de presentación y de domiciliación del modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» en 2025.
Disposición transitoria única de la Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo, por la que se aprueban el modelo 780 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Autoliquidación» y el modelo 781 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Pago fraccionado» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. · BOE-A-2025-10597
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-30.
Texto consolidado
La presentación del modelo 781 que deba realizarse en 2025 se efectuará en el plazo previsto en el apartado veinte de la disposición final novena de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre.
Los contribuyentes cuyo período impositivo finalice el 31 de diciembre del periodo 2024, podrán utilizar como medio de pago del modelo 781 la domiciliación. En este caso, el plazo de domiciliación del modelo 781 que deba presentarse en 2025 será el comprendido entre el día 1 hasta el 17 de junio de 2025.
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