Disposición transitoria única. Plazo y contenido de la información que debe suministrarse en el año 2008.
Disposición transitoria única de la Orden EHA/821/2008, de 24 de marzo, por la que se establecen las condiciones del suministro de la información relativa a los bienes inmuebles de características especiales objeto de concesión administrativa. · BOE-A-2008-5721
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-29.
Texto consolidado
La información que se suministre referida al período impositivo de 2008 podrá remitirse hasta el 31 de mayo de dicho año y comprenderá la totalidad de los datos y documentos a que se refiere el artículo 2, relativos a cada una de las concesiones existentes a uno de enero sobre los bienes inmuebles de características especiales.
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