Disposición transitoria única. Plazo de adaptación de los Reglamentos Electorales.
Disposición transitoria única de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas. · BOE-A-2015-13919
Atención: Orden ECD/2764/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Orden y, en cualquier caso antes del inicio del correspondiente proceso electoral, las Federaciones deportivas españolas remitirán al Consejo Superior de Deportes un proyecto de Reglamento Electoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Orden.
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