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Orden Derogada

Disposición transitoria única. Expedientes iniciados y contratos adjudicados con anterioridad a la constitución de los órganos regulados por la presente orden.

Disposición transitoria única de la Orden APA/204/2019, de 21 de febrero, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Mesa de Contratación de la Subsecretaría, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y de la Secretaría General de Pesca. · BOE-A-2019-2860

Atención: Orden APA/204/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, a los efectos de esta disposición transitoria, se considera fecha de iniciación de los expedientes de contratación la de publicación de la correspondiente convocatoria del procedimiento de adjudicación del contrato, en caso de procedimientos abiertos y, en el caso de procedimientos negociados sin publicidad, para determinar el momento de iniciación se tomará en cuenta la fecha de aprobación de los pliegos.

2. Los expedientes de contratación que pertenezcan exclusivamente al ámbito de competencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y que hubieran iniciado su tramitación por la Junta de Contratación o con intervención de la Mesa de Contratación reguladas por la Orden AAA/1591/2014, de 28 de agosto, por la que se regulan la Junta de Contratación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Mesa de Contratación de los servicios comunes, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y de la Secretaría General de Pesca con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden, continuarán su tramitación por la Junta de Contratación o con la intervención de la Mesa de Contratación reguladas en esta orden, tramitándose de acuerdo con las normas de tramitación indicadas en la misma y manteniéndose válidos todos los actos realizados hasta la fecha de entrada en vigor de ésta.

La tramitación de las cuestiones relativas a los efectos, cumplimiento y extinción, incluida la modificación, duración y régimen de prórrogas de los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden por la Junta de Contratación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente regulada por la citada Orden AAA/1591/2014, de 28 de agosto, que pertenezcan exclusivamente al ámbito de competencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se llevará a cabo por la Junta de Contratación regulada en esta orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-02.

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