El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición transitoria única. Comisión Gestora.

Disposición transitoria única de la Ley 9/2001, de 22 de noviembre, de Creación del Consejo de Colegios Profesionales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Castilla y León. · BOE-A-2001-23928

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-11-29.

Texto consolidado

1. A la entrada en vigor de esta Ley se constituirá una Comisión Gestora compuesta por un representante de cada uno de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales que integran el Consejo.

2. La Comisión Gestora elaborará, en el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley, unos Estatutos del Consejo de Colegios Profesionales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Castilla y León, con el contenido previsto en el artículo 22.1 de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León.

3. Los Estatutos, una vez aprobados por las Asambleas de colegiados de los Colegios Oficiales que integran el Consejo, con los requisitos y contenidos establecidos respectivamente en los artículos 21 y 22 de la Ley 8/1997, se remitirán a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, que verificará su adecuación a la legalidad y ordenará, en su caso, su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, y su publicación en «Boletín Oficial de Castilla y León».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-11-29.

Más artículos de Ley 9/2001

En El Vínculo puedes leer Ley 9/2001 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.