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Ley Vigente

Disposición transitoria única. Entidades locales autónomas que no hayan ejercido sus competencias.

Disposición transitoria única de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de financiación incondicionada para las entidades locales autónomas. · BOE-A-2022-756

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

Las entidades locales autónomas que no hubieran presentado solicitud conforme a lo establecido en el artículo 9 del Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por no cumplir el requisito previsto en el artículo 5.1, dispondrán de un plazo de 15 días hábiles a partir de la entrada en vigor de esta norma, para comunicar los datos bancarios donde realizar la transferencia, a efectos del ejercicio del 2022, debiendo estar de alta en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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