Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única de la Ley 7/2015, de 25 de marzo, de Bibliotecas de Aragón. · BOE-A-2015-5331
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-30.
Texto consolidado
Cuando el volumen adquirido por la Biblioteca Histórica de Aragón así lo requiera, el Gobierno de Aragón dispondrá de los medios materiales y personales necesarios para su implantación diferenciada de la Biblioteca de Aragón, adscribiéndose directamente al Departamento competente en bibliotecas.