Disposición transitoria única. Periodo de adaptación.
Disposición transitoria única de la Ley 4/2025, de 9 de octubre, del Voluntariado de Cantabria. · BOE-A-2025-21451
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-16.
Texto consolidado
Las entidades de voluntariado deberán ajustarse a lo establecido en esta ley en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma reglamentaria que regule el Registro de Entidades de Voluntariado de Cantabria y la Acreditación Identificativa de la Condición de Persona Voluntaria.