Disposición Transitoria Única.
Disposición Transitoria Única de la Ley 2/2005, de 1 de marzo, de Estadística de La Rioja. · BOE-A-2005-4214
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-23.
Texto consolidado
Los convenios o acuerdos firmados por el Gobierno de La Rioja en materia estadística con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, seguirán rigiéndose por la normativa que les fuera de aplicación en tanto que no contradigan lo dispuesto en la misma.