Disposición transitoria única.
Disposición transitoria única de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia. · BOE-A-1997-9022
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-04-27.
Texto consolidado
Lo establecido en la presente Ley sobre módulos de población y distancias no será exigible a las oficinas de farmacia autorizadas con anterioridad a su entrada en vigor.