Disposición transitoria única. Solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley.
Disposición transitoria única del Decreto-ley 9/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan, con carácter urgente, medidas para agilizar la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia. · BOJA-b-2021-90194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-01.
Texto consolidado
Las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley, se regirán por la normativa vigente cuando se presentaron, computándose el plazo máximo para resolver, a partir de la fecha de entrada de dichas solicitudes en el registro de los servicios sociales comunitarios correspondientes.
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