Disposición transitoria undécima. Gastos electorales correspondientes a las últimas elecciones generales convocadas.
Disposición transitoria undécima de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. · BOE-A-2025-76
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-03.
Texto consolidado
La modificación de la letra a) del apartado 3 del artículo ciento setenta y cinco de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, introducida por la presente ley orgánica, será de aplicación a los gastos originados a las candidaturas que hubieran concurrido a las elecciones convocadas por el Real Decreto 400/2023, de 29 de mayo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones.
Más artículos de Ley Orgánica 1/2025
- ← Disposición transitoria décima. Reserva de un cupo de plazas vacantes con especial valoración del mérito del idioma c…
- → Disposición transitoria duodécima. Régimen transitorio hasta la creación de agrupaciones de Oficinas de Justicia en l…
- Ver la norma completa: Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.