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Real Decreto Legislativo Derogada

Disposición transitoria trigésimo octava. Gastos derivados de relaciones laborales o mercantiles extinguidas con anterioridad a 1 de enero de 2013.

Disposición transitoria trigésimo octava del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. · BOE-A-2004-4456

Atención: Real Decreto Legislativo 4/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Lo dispuesto en el artículo 14.1.i) de esta Ley no se aplicará a los gastos que se deriven de relaciones laborales o mercantiles que se hayan extinguido con anterioridad a 1 de enero de 2013.

Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2013, por la disposición final 1.1.3 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15650.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-12-28.

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