Disposición transitoria trigésima octava. Porcentaje de retención o ingreso a cuenta aplicable en 2015.
Disposición transitoria trigésima octava de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. · BOE-A-2014-12328
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-12.
Texto consolidado
Desde 1 de enero de 2015 hasta 11 de julio de 2015, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta a que se refiere la letra a) del apartado 6 del artículo 128 de esta Ley será el 20 por ciento. Dicho porcentaje será el 19,5 por ciento desde 12 de julio de 2015 hasta 31 de diciembre de 2015.
Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2015, por el art. 2.2 del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio. Ref. BOE-A-2015-7765.