Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria tercera del Real Decreto 927/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Tajo. · BOE-A-1989-17837
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-28.
Texto consolidado
1. El nuevo Organismo de cuenca dispondrá, durante el año 1989, de los presupuestos asignados para dicho año a la actual Confederación Hidrográfica del Tajo.
2. Las cantidades recaudadas en el ejercicio 1988 por los conceptos «canon de ocupación o utilización y cánones de vertidos», se incorporarán al presupuesto de ingresos del Organismo para el año 1989.