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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria tercera. Tramitación electrónica.

Disposición transitoria tercera del Real Decreto 725/2020, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. · BOE-A-2020-9133

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-25.

Texto consolidado

Se establece un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto para la completa implantación del procedimiento de tramitación electrónica de las solicitudes, según lo dispuesto en el artículo 16.2 del Reglamento. Hasta ese momento podrá seguirse empleando la tramitación no electrónica, para lo que se aplicará, si fuese necesario, el Reglamento aprobado por Real Decreto 1189/2000, de 23 de junio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-25.

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